Cuándo hay que hacer la declaración de la renta

Karim Ezzat
Publicado en 13.5.2021

Cuando menos te lo esperas, el tiempo juega en tu contra y llega el tedioso momento de tener que hacer la declaración de la renta, una tarea que suele generar muchos quebraderos de cabeza, especialmente si no cuentas con la información necesaria para realizarla sin ningún tipo de dificultades.

¿Es la primera vez que la haces y no tienes muy claro el plazo para presentarla? No te preocupes, pues es más habitual de lo que piensas. Nosotros tenemos todas las respuestas que buscas. Si quieres convertirte en un/a experto/a haciendo la declaración de la renta, no sigas buscando más. ¡Toma nota!

  1. Cuándo hay que hacer la declaración de la renta
  2. Cuándo hay que hacer la declaración de la renta 2024
  3. Quiénes deben hacer la declaración de la renta
  4. Cómo hacer la declaración de la renta
  5. Dónde hacer la declaración de la renta
  6. Cuándo hay que hacer una declaración complementaria
  1. Cuándo hay que hacer la declaración de la renta | © Pixabay.com

    Cuándo hay qué hacer la declaración de la renta

    Normalmente, solemos apurar hasta el final nuestra declaración de la renta, lo cual puede suponer que cometamos errores que van a dar lugar a determinados perjuicios económicos, que se podrían haber evitado si nos hubiéramos puesto las pilas antes.

    En España, la declaración de la renta suele tener unos plazos muy similares durante todos los años, aunque pueden surgir pequeñas variaciones de un año a otro, pero que prácticamente no notarás, pues el tiempo que se deja para realizar la declaración suele ser más que suficiente.

    Como regla general, en nuestro país, la declaración de la renta empieza desde principios del mes de abril hasta prácticamente el 30 de junio, por los que presta atención a estas fechas. ¡Así de fácil!

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  2. Cuándo hay que hacer la declaración de la renta 2024

    En el supuesto de que tengas que hacer la declaración de la renta, correspondiente al ejercicio de 2020, has de tener en cuento que el plazo abarca desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2024, por lo que no dejes todo para el final y trata de hacer este trámite lo antes posible.

    Asimismo, para precisar todos los detalles de plazos que debes conocer, te vamos a mostrar una lista con todas las fechas importantes de la campaña de la Renta 2020:

    • El 7 de abril da comienzo la campaña, por lo que, desde esa fecha, podrás presentar tu declaración de la renta.
    • El 4 de mayo se abre el plazo para que puedas solicitar una cita previa, con el objetivo de recibir atención telefónica.
    • Dos días después, el 6 de mayo, se inicia el período de atención telefónica para que tus problemas y dudas respecto a la declaración de la renta puedan ser resueltos de manera rápida y sencilla.
    • Si no te convence la atención telefónica, ten en cuenta que el 27 de mayo se abre el plazo para que puedas solicitar una cita previa, con la finalidad de que puedas recibir atención de manera presencial.
    • En el supuesto de que en tu declaración tengas que pagar a Hacienda, el 25 de junio se alza como el último día para que puedas aportar tus datos de domiciliación bancaria, pero únicamente en aquellos supuestos en los que las declaraciones tengan como resultado ingresar.
    • Finalmente, el 30 de junio será el último día correspondiente a la campaña de la Renta 2020, por lo que se erige como la fecha límite para que puedas presentar tu declaración con un resultado que sea a devolver.
  3. Quiénes deben hacer la declaración de la renta

    Según la normativa actual, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta todas aquellas personas físicas que tengan su residencia habitual en España, aunque como todo hay excepción.

    Con carácter general, las personas que, si suman todos los ingresos recibidos en el año que corresponda, que pueden proceder del trabajo, de rentas o de negocios personales, por ejemplo, no superan la barrera de los 1.000 euros brutos de forma anual, se verán una situación de exención.

    Asimismo, aquellos contribuyente que hayan recibido un salario procedente del trabajo que no supere el baremo de los 22.000 euros anuales, no tendrán tampoco que realizar la declaración de la renta, siempre y cuando la percepción de este dinero proceda exclusivamente de un único pagador.

    En el supuesto de que te encuentres en la situación de que tengas más de un pagador, y hayas ingresado más de 14.000 euros anuales, la cantidad percibida por parte del segundo o demás pagadores, no podrá ser superior a 1.500 euros.

    Por último, es menester señalar que no todo se refiere a la renta procedente de un empleo, sino que también se toma en consideración otros activos y fuentes de ingresos como por ejemplo las subvenciones por la adquisición de una vivienda.

  4. Cómo hacer la declaración de la renta

    Aunque pienses que la declaración de la renta es complicada, nada más lejos de la realidad, pues se brindan muchas facilidades para que el proceso resulte lo más sencillo posible.

    Si no sabes cómo encontrarlo y quieres consultarlo de manera online, debes saber que existen tres alternativas para poder efectuar esta tarea sin apenas dificultades, así que atento y no te pierdas ninguna:

    1. En primer lugar, si dispones de un Certificado electrónico o lo que se conoce como DNIe, podrás consultar tu borrador de manera online.
    2. Si tienes un Número de referencia, también podrás realizar esta operación.
    3. Por último, si dispones de una Clave PIN, tendrás la posibilidad de consultar el borrador.

    No obstante, en caso de que no te convenza o los datos no sean acordes a la realidad y quieras incluir algo distinto a lo predeterminado, también podrás confeccionar tu propia declaración de la renta con los parámetros que estimes oportunos.

    Sea como fuere, cuando finalices el proceso de presentación de la declaración de la renta, tendrás que aportar el IBAN de tu cuenta bancaria y firmar la correspondiente declaración, con el objetivo de que adquiera plena efectividad tu entrega.

    La resolución final puede tener dos escenarios: positivo (si tienes que abonar una determina cantidad y por lo tanto tienes que ingresar) y negativo (a devolver, es decir, Hacienda te ingresará la cantidad que corresponda).

    ☑️ Si te devuelven una suma notoria, la podrás destinar a tus vacaciones, para lo cual te recomendamos que le eches un vistazo a los alojamientos de Booking. ¿Qué mejor manera de empezar tu verano?

  5. Dónde hacer la declaración de la renta

    En el supuesto de que no sepas dónde hacer tu declaración de la renta, debes saber que existe tres grandes opciones para que encuentres la que más se ajuste a tus necesidades y preferencias, por lo que, a continuación, te mostramos una lista con las opciones disponibles:

    1. En primer lugar, lo más habitual, es realizar la declaración de la renta en Internet, concretamente mediante el portal web de Agencia Tributaria denominado Renta Web.
    2. En segundo lugar, si quieres confeccionar tu declaración de la renta por teléfono, tal y como se ha indicado en apartados anteriores, podrás solicitar una cita a partir del 4 de mayo para ser atendido desde el 6 de mayo. Para solicitar este servicio, deberás acudir al portal web de la Agencia Tributaria, a su propia aplicación o a los siguientes números: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 o 901 22 33 44 / 91 553 00 71.
    3. Por último, si prefieres realizar tu declaración de manera presencial, con la finalidad de facilitarte la tarea, gracias a la ayuda de los miembros que componen la Agencia Tributaria, podrás solicitar tu cita a partir del 27 de mayo. En caso de que la pidas de manera correcta, el plazo para ser atendido de forma presencial comenzará el 2 de junio.
  6. Cuándo hay que hacer una declaración complementaria

    En el supuesto de ya hayas presentado tu declaración de la renta y te des cuenta de que se ha incurrido en errores u omisiones, que han dado como resultado un ingreso inferior o una determina devolución superior a lo que correspondía, podrás presentar una declaración complementaria.

    • En el caso de que quieras declarar algo relevante sucedido con posterioridad a la declaración, pero que afecta a ese ejercicio, como por ejemplo la percepción de salarios atrasados, tendrás que realizar una declaración complementaria, con anterioridad.
    • También podrás efectuar una declaración complementaria si observas que hay un cambio normativo en la aplicación jurídica que te gustaría que se viera reflejado.
    • Asimismo, la declaración complementaria puede servir para la resolución de determinados errores fiscales.
    • Por último, tendrás la posibilidad de presentar una declaración que sea extemporánea, con el objetivo de que puedas declarar lo que estimes oportuno y no presentaste durante el transcurso del plazo reglamentario.

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